Caracteristicas de los derechos humanos

 Las características de los derechos humanos se relacionan íntimamente con la filosofía, la ética y la historia de la humanidad. En la práctica, estos conceptos vienen interrelacionados con la vida de las personas y conviene por tanto, tener muy claros los conceptos, ya sea en la práctica así como en la teoría, de manera que nos podamos enfrentar a los problemas que pudieran suceder en un futuro próximo.

Derechos humanos

Estas características que vamos a citar a continuación, aparecen nombradas de manera continuada en el último documento histórico redactado en China en diciembre de 1998 cuando se celebró el 50 aniversario de la declaración de los derechos humanos en el que participaron más de 80 expertos y académicos de todas las partes del planeta.

Sobre todo se tuvo en cuenta las distintas relaciones de las personas con su entorno o naturaleza, las relaciones de las personas con las personas, y los conceptos sobre el desarrollo y la supervivencia dentro del entorno geo social y político de cada país.

Veamos estas características de los derechos humanos una a una:

1 – Universalidad

Se entiende por universalidad la cuestión de que los derechos humanos preocupan a todo el universo en este momento y en el futuro, siendo una existencia objetiva independiente de la voluntad de nadie.

2 – Particularidad

Cada persona tiene una vida limitada diferente a los demás tanto en el tiempo como en el espacio y por lo tanto, el ´énfasis y las formas de protección de los derechos humanos son también diferentes.

Los momentos históricos son diferentes, las personas y las sociedades cambian, los desarrollos sociales y tecnológicos hacen que en todo momento exista una época de cambios y que por lo tanto, la defensa de dichos derechos sea particular para cada caso. Cada país o región tiene diferentes problemas de derechos humanos. Los derechos se limitan e influencian por el desarrollo científico y el progreso social, aparte de las costumbres culturales y religiosas.

3 – Expansión

La expansión, es una característica de los derechos sociales que se explica en 3 pasos:

En primer lugar: La extensión de los derechos humanos se amplía gracias a la influencia de éstos con el desarrollo científico, tecnológico y social. Ya en la época primitiva, la productividad era escasa pero existía el derecho individual a sobrevivir. Para alcanzar este objetivo, la gente confiaba en los grupos sociales para manejar los desafíos sometidos a la naturaleza de modo que la supervivencia del grupo suponía la supervivencia individual.

Posteriormente, cuando se abandona el nomadismo y llega la agricultura, la productividad deja de ser escasa y aparecen los productos excedentes. El mero hecho de existir productos excedentes hace que algunos individuos quieran ser sus dueños o unos individuos esclavicen a otros para conseguir una mayor cantidad de excedente. Surge así la necesidad de proteger los derechos civiles y políticos.

Universales

En segundo lugar: El concepto de derecho humano se reconoce, se perfecciona y se amplía con el tiempo. Las cuestiones que atañen a un país en materia de derechos humanos pueden ser las mismas que atañen a otro país, pero en periodos diferentes, ya sea un poco más tarde o un poco antes. Pero la adaptación o adopción de estos derechos de un país por parte del otro pueden no ser concordantes con la cultura tradicional o ser contrarios a las costumbres locales, por lo que conviene que el propio derecho nazca dentro de la región y no sea impuesto desde fuera por otro país.

Y en tercer lugar: Los requisitos comunes para los derechos humanos también se amplían. Por ejemplo, en las sociedades primitivas, los derechos humanos se centraban en las familias de las tribus. Posteriormente, se ampliaron a sociedades donde se permitía la esclavitud, y luego se expandió a terratenientes que ejercían su derecho en la época feudal, los beneficios de la casta sacerdotal y religiosa. Con la aparición de la industria surgen nuevos derechos en favor de los trabajadores, de las mujeres y de los niños.

Los derechos se expanden, pero los países en desarrollo deben resolver el problema de los derechos civiles y políticos de su pueblo a la vez que se encarga de la supervivencia, el desarrollo y los derechos sociales, económicos y culturales de sus pueblos.

4 – Relatividad

Los derechos de los individuos coexisten y se contradicen entre si, y por lo tanto, los derechos de una persona son limitados respecto a los derechos humanos de los demás o derechos colectivos. Tendemos a tratar los derechos de manera colectiva, pero a la vez, se debe cuidar de proteger los derechos de manera colectiva. Un derecho individual tampoco puede crecer hasta el punto de interrumpir el derecho colectivo, ni del mismo modo un derecho colectivo que se interponga en un derecho individual. Esta característica es la que se conoce como relatividad y refleja las relaciones entre un individuo y el colectivo o la sociedad. Igualmente se extienden a los derechos de un solo país respecto a los derechos del resto de países del planeta. Un ejemplo es el derecho a explotar los recursos humanos por parte de un país que podría llegar a contradecir los derechos del resto de países a tener una atmósfera limpia.

Igualdad de derechos

5 – Inherente

Los derechos humanos son inherentes porque no se conceden por cualquier persona o autoridad.

6 – Fundamental

Los derechos humanos son derechos fundamentales ya que sin ellos la vida y la dignidad del hombre no tienen sentido.

7 – Inalienables

Los derechos humanos son inalienables porque no pueden ser legítimamente tomados fuera de un individuo libre y no se pueden regalar.

8 – Imprescriptibles

Un derecho humano no puede prescribir ni se pueden perder con el tiempo, incluso si el hombre decidiera no usarlos por un largo paso del tiempo.

9 – Indivisibles

Los derechos humanos no pueden ser capaces de dividirse, no pueden negarse ni siquiera cuando ya se ha disfrutado de otros derechos.

10 – Interdependientes

Son interdependientes porque el cumplimiento o el ejercicio de uno no puede llevarse a cabo sin la realización del otro.

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